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Abogados de familia: divorcio, cuota alimentaria, custodia y herencias

Si necesitas divorciarte, fijar o cobrar la cuota alimentaria de tus hijos, sacar a un menor del país o repartir una herencia, te explicamos el camino más rápido y menos conflictivo posible. Desde la Ley 2442 de 2024 puedes divorciarte aunque tu pareja no esté de acuerdo.

Resumen

Llevamos asuntos de familia por vía notarial, en conciliación y ante los jueces de familia: divorcio, alimentos, custodia, visitas, permisos de salida del país, unión marital de hecho y sucesiones.

URL de esta página: juriassist.org/servicios/derecho-familia/ · Relacionadas: Inasistencia alimentaria (penal) · Pensión de sobrevivientes · Guías de familia

Cinco puntos clave

  1. El divorcio notarial requiere mutuo acuerdo y abogado; si hay hijos menores, el defensor de familia da su concepto.
  2. Con la Ley 2442 de 2024, basta la voluntad de uno de los cónyuges para pedir el divorcio ante el juez.
  3. Antes de demandar alimentos, la conciliación es requisito de procedibilidad (Ley 2220 de 2022).
  4. Si no pagan la cuota, existen el proceso ejecutivo, el registro en el REDAM (Ley 2097 de 2021) y la denuncia por inasistencia alimentaria.
  5. Tras la muerte del compañero permanente, hay un año para pedir la disolución y liquidación de la sociedad patrimonial.

Asuntos de familia que atendemos

Estas son las situaciones por las que más nos consultan. Si la tuya no aparece, cuéntanosla igual.

Divorcio de mutuo acuerdo o unilateral

Por notaría cuando están de acuerdo, o ante el juez por las causales del art. 154 del Código Civil, incluida la voluntad de uno solo. También liquidamos la sociedad conyugal.

Cuota alimentaria

Fijación, aumento, disminución y cobro. La cuota depende de la capacidad de quien paga y de las necesidades del niño; se puede embargar hasta el 50 % del salario, incluida la prima.

Custodia y visitas

Acuerdos y procesos de custodia, régimen de visitas y su ajuste en vacaciones, siempre con el interés del niño primero.

Permiso de salida del país

Si el otro padre no autoriza el viaje del menor, tramitamos el permiso ante el juez de familia.

Sucesiones

Por notaría cuando todos los herederos están de acuerdo y ante el juez cuando no. Te explicamos quién hereda y cómo se reparten los bienes.

Unión marital de hecho

Declaración de la unión y de la sociedad patrimonial, también después de la muerte del compañero, para reclamar bienes y pensión de sobrevivientes.

Divorcio notarial o judicial: cuál te sirve

AspectoNotarialJudicial
RequisitoMutuo acuerdo de los dosUna causal del art. 154 del Código Civil, incluida la voluntad de uno solo
AbogadoSíSí
Hijos menoresConcepto del defensor de familiaEl juez decide custodia, visitas y alimentos si no hay acuerdo
DuraciónGeneralmente más cortoDepende del juzgado y de si hay oposición
Ley 2442 de 2024 y art. 154 del Código Civil.

En las sucesiones con testamento, desde la Ley 1934 de 2018, si hay legitimarios la mitad de los bienes corresponde a las legítimas y la otra mitad es de libre disposición. Amplía en nuestras guías de familia.

Cómo trabajamos tu caso

Paso 1

Nos cuentas tu caso

Por WhatsApp, por teléfono o con el formulario. Basta un resumen: los documentos los pedimos después.

Paso 2

Revisamos tu situación

Un abogado del área analiza los hechos, los plazos y los documentos clave para saber si hay un caso.

Paso 3

Te explicamos tus opciones

Te decimos qué camino es viable, cuánto puede tardar y cuáles son los honorarios, por escrito y antes de empezar.

Paso 4

Actuamos y te informamos

Presentamos la reclamación, la conciliación o la demanda, y te contamos cada avance importante.

Alcance y limitaciones del servicio

Buscamos primero acuerdos, porque suelen ser más rápidos y menos dolorosos; cuando no es posible, acudimos al juez. Los tiempos dependen de la notaría o del juzgado y de la otra parte. Si hay violencia intrafamiliar, primero está tu seguridad: la comisaría de familia puede dictar medidas de protección, la línea 155 orienta a mujeres y en una emergencia debes llamar al 123.

Preguntas frecuentes sobre derecho de familia

¿Puedo divorciarme si mi pareja no quiere?

Sí. Desde la Ley 2442 de 2024, la sola voluntad de uno de los cónyuges es causal de divorcio. El proceso es judicial y no necesitas la firma del otro.

¿Qué pasa con la casa en el divorcio?

El divorcio disuelve la sociedad conyugal, que luego hay que liquidar. Por regla general, los bienes adquiridos durante el matrimonio se reparten por mitades, salvo capitulaciones o bienes propios.

¿Cuánto es la cuota alimentaria?

No hay un monto fijo: depende de la capacidad económica de quien paga y de las necesidades del niño. Por embargo, puede llegar hasta el 50 % del salario.

¿Puedo viajar al exterior con mi hijo sin permiso del otro padre?

No. Necesitas su permiso autenticado o, si se niega, la autorización del juez de familia. Planéalo con tiempo antes de las vacaciones.

Mi compañero murió: ¿tengo derechos sobre sus bienes?

Si convivieron como pareja permanente y se formó la sociedad patrimonial (por regla general, con dos años de convivencia), puedes reclamar. Tienes un año desde la muerte para demandar a los herederos conocidos e indeterminados.

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